En muchas entidades financieras bolivianas, el riesgo operativo todavía vive en un manual aprobado y en una matriz que se actualiza una vez al año, poco antes de la visita de ASFI. El Artículo 1° pide otra cosa: procesos formales que funcionen todo el año y formen parte de la estrategia de la entidad.
¿Qué establece la norma?
La entidad es responsable de administrar su riesgo operativo y debe contar con procesos formales para identificar, medir, monitorear, controlar, mitigar y divulgar sus exposiciones.
La gestión debe considerar la exposición a los riesgos legal y tecnológico. Para el riesgo tecnológico se aplica, en lo que corresponda, el Reglamento para la Gestión de Seguridad de la Información.
La entidad debe definir su apetito al riesgo según la naturaleza, tamaño y complejidad de sus operaciones.
Las políticas, procedimientos y acciones del sistema deben revisarse y actualizarse permanentemente, y el sistema debe formar parte de la estrategia institucional.
¿Qué revisa el supervisor?
Coherencia entre lo que dicen la política y la metodología y lo que realmente hace la Unidad de Gestión de Riesgos.
Un apetito al riesgo aprobado por el Directorio u órgano equivalente y expresado en límites medibles.
Que la planificación estratégica considere el riesgo operativo de las iniciativas: nuevas agencias, canales digitales, cambio de core, tercerizaciones.
Que los riesgos legal y tecnológico tengan responsables claros y estén integrados con la gestión de seguridad de la información.
Brechas frecuentes
Apetito al riesgo declarado en términos generales, sin umbrales que permitan identificar eventos críticos.
Riesgo tecnológico gestionado solo por TI, sin conexión con la matriz de riesgo operativo.
Metodología que se actualiza por la inspección y no por cambios en el negocio.
Riesgo legal reducido a procesos judiciales, sin considerar incumplimientos normativos ni contratos mal instrumentados, como establece su definición.
Evidencias que demuestran el cumplimiento
Política y manual de gestión de riesgo operativo vigentes, con su acta de aprobación.
Declaración de apetito al riesgo con límites cuantitativos y reportes de seguimiento.
Criterio documentado para calificar un evento como crítico, vinculado al apetito.
Actas del Comité de Riesgos con decisiones sobre riesgo operativo e historial de actualizaciones de la metodología.
Herramientas y recursos de colaboración
ISO 31000:2018 (Gestión del riesgo – Directrices) y COSO ERM 2017, como marcos de referencia para estructurar el sistema, definir el apetito al riesgo e integrarlo a la estrategia.
Declaración de apetito al riesgo con límites cuantitativos y un tablero de indicadores clave de riesgo (KRI) con umbrales tipo semáforo.
Matriz de cumplimiento del reglamento para autoevaluaciones periódicas.
Autoevaluación rápida
¿Tu Directorio u órgano equivalente aprobó un apetito al riesgo operativo expresado en cifras?
¿Puedes explicar con un criterio escrito por qué un evento se calificó, o no, como crítico?
Si alguna respuesta es “no” o “no estoy seguro”, existe una brecha que conviene evaluar antes de la próxima inspección.
¿Cómo te ayuda REDTISEG?
En una evaluación de brechas del Artículo 1°:
Revisamos política, metodología y declaración de apetito frente a los requisitos del artículo.
Verificamos con una muestra de decisiones y eventos recientes si la gestión se aplica en la práctica.
Proponemos límites de apetito y un criterio de evento crítico acordes al tamaño de tu entidad.
Resultado: matriz de cumplimiento por requisito, brechas calificadas por nivel de riesgo y un plan de adecuación priorizado, con responsables, plazos y evidencia de cierre.