Reglamento para la Gestión de Riesgo Operativo – ASFI

El riesgo operativo está presente en cada desembolso, cada transferencia y cada día de atención en agencia. Por eso ASFI exige que las entidades supervisadas lo gestionen mediante procesos formales, proporcionales y continuos, conforme a las Directrices Básicas para la Gestión del Riesgo Operativo (Recopilación de Normas para Servicios Financieros, Libro 3°, Título V, Capítulo II).

La norma es obligatoria para las entidades de intermediación financiera y las empresas de servicios financieros complementarios con licencia de ASFI, excepto las casas de cambio. Su incumplimiento puede dar lugar al inicio de un proceso administrativo sancionatorio.

En esta sección explicamos el reglamento artículo por artículo, con un enfoque práctico para bancos, cooperativas de ahorro y crédito, IFD, entidades financieras de vivienda y demás entidades supervisadas: qué exige la norma, qué suele revisar el supervisor, las brechas más comunes y la evidencia que demuestra el cumplimiento.